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Buenas prácticas en empresas contra el COVID19


Esta semana se incorporan a sus puestos de trabajo los sectores cuyas actividades fueron suspendidas el pasado 30 de marzo por el Real Decreto-ley 10/2020, de 29 de marzo. Para ello, el Ministerio de Sanidad ha publicado la Guía Buenas Prácticas en los centros de trabajo dirigida tanto a los trabajadores/as como a las empresas empleadoras, incluidas las pymes y los autónomos/as.


Si bien esta medida de suspensión de la actividad no esencial no afectó a los trabajadores/as autónomos/as cuya actividad no se viera suspendida por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, estos últimos sí se han visto sin el aporte de los empleados a cargo que ahora vuelven a sus instalaciones siempre que no sea posible el teletrabajo, la opción de trabajo más recomendable, y por supuesto cuando no presenten síntomas relacionados con el COVID-19, en cuyo caso han de permanecer en su vivienda hasta descartar el contagio por los protocolos establecidos.

Así, las 48 medidas incluidas en esta guía se organizan en los siguientes apartados:

​- Antes de ir al trabajo

- Desplazamientos al trabajo

- En el centro de trabajo

- Medidas organizativas

- Recomendaciones a los trabajadores

- Medidas de higiene en el centro de trabajo

- Gestión de los residuos en los centro de trabajo

- Después de ir al trabajo

Vamos a centrar la información en las principales medidas organizativas en el centro de trabajo que las empresas y los autónomos empleadores han de poner en práctica para asegurar la protección de sus trabajadores frente al COVID-19.


Entrada al trabajo de forma escalonada en empresas


Si bien sea recomienda que el desplazamiento al centro de trabajo sea en vehículo propio, la guía establece que las empresas aseguren la entrada escalonada a sus trabajadores para evitar aglomeraciones en el transporte público y en la entrada a los centros de trabajo. Esta posibilidad de aglomeración en el centro de trabajo es poco probable en el caso de autónomos y pymes empleadores que cuentan con un número reducido de trabajadores a su cargo pero es igualmente es un aspecto a tener en cuenta.


Garantizar la distancia mínima interpersonal


Las tareas laborales han de planificarse de tal manera que los trabajadores puedan mantener la distancia interpersonal de aproximadamente 2 metros, tanto en la entrada y salida al centro de trabajo como durante la permanencia en el mismo.


En caso de no poder asegurar esta distancia mínima de seguridad, el autónomo o la pyme empleadores han de escalonar los horarios de los turnos habituales.


Además, en establecimientos abiertos al público en las que los trabajadores están expuestos al riesgo, la empresa ha de proporcionar equipos de protección individual adecuados a la actividad de los trabajadores.


Aprovisionamiento suficiente de material de protección


La Guía Buenas Prácticas en los centros de trabajo incluye el aprovisionamiento de material de protección, especialmente guantes y mascarillas, si así lo indica el servicio de prevención de riesgos laborales, para minimizar el riesgo de transmisión.


Eso sí, en caso de que el tipo de actividad no requiera el uso de mascarilla no será imprescindible. Así se reconoce entre las prácticas en empresas para la vuelta de las actividades no esenciales.


Informar al personal de las recomendaciones sanitarias


Las indicaciones que contienen esta guía y, en general, el conjunto de medidas de prevención individual se han de trasladar a los trabajadores reincorporados a su puesto de trabajo. Para asegurar el cumplimiento de todo ello la empresa tiene que mantener aprovisionamiento de jabón, solución hidroalcohólica y pañuelos desechables.


La lectura atenta de todas las recomendaciones de esta guía de Buenas Prácticas en los centros de trabajo es más que recomendable tanto si eres trabajador por cuenta ajena como por cuenta propia y con empleados a cargo. Puedes acceder a su descarga en nuestro espacio específico sobre el COVID-19.


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