top of page

AGENDA

blog

C/Mallorca. 4. 28012. Madrid. 915264426

Moratoria, ayudas y microcréditos al alquiler

El Consejo de Ministros ha aprobado, tras varias semanas de discusión, un paquete de ayudas a las personas afectadas por la crisis del coronavirus que viven alquiladas. El acuerdo no contempla una suspensión temporal de los pagos, pero sí recoge importantes ayudas públicas.


La nueva norma amplía los supuestos de vulnerabilidad necesarios para acogerse a las ayudas, incluyendo a los despedidos y a los afectados por un ERTE o una reducción de jornada, por ejemplo. También hace una importante distinción, según recoge el texto publicado en el Boletín Oficial del Estado, entre pequeños propietarios y grandes tenedores, que pasan a ser los que tienen a su nombre 10 o más inmuebles.


El acuerdo, a su vez, dota a los hogares vulnerables de líneas de crédito (ICO) para poder hacer frente a sus pagos, y ofrece una ayuda especial a aquellas familias que no puedan devolver este préstamo con aval del Estado y cero interés. Estas son las principales medidas que recoge el texto aprobado por el Consejo de Ministros


Suspensión de desahucios

Una vez finalizado el estado de alarma, en el que los lanzamientos de todo tipo han sido suspendidos, habrá una suspensión de los desahucios para las familias vulnerables sin alternativa habitacional que se prolongará durante seis meses. La persona arrendataria deberá acreditar ante el Juzgado que se encuentra en una situación de vulnerabilidad social o económica sobrevenida como consecuencia de los efectos de la crisis del coronavirus.


Prórroga de los contratos en vivienda habitual

Los contratos de arrendamiento de vivienda habitual que fuesen a vencer entre la entrada en vigor del estado de alarma y dos meses después de la finalización de este, podrán prorrogarse, bajo petición del arrendatario, por un periodo máximo de seis meses. En este tiempo, los términos y condiciones establecidos en el contrato inicial deberán mantenerse. Esta solicitud deberá ser aceptada por el arrendador, salvo que las partes fijen otro tipo de acuerdo.


Moratoria en grandes propietarios

Los inquilinos que se encuentren en situación de vulnerabilidad económica podrán solicitar al casero, ya sea una empresa, una entidad pública de vivienda o un gran tenedor, el aplazamiento temporal y extraordinario del pago de la renta durante cuatro meses. El decreto considera como gran tenedor a la persona física o jurídica que sea titular de 10 o más inmuebles urbanos. A partir de aquí, el arrendador podrá elegir entre ofrecer al inquilino una reducción del 50% de la deuda de esos cuatro meses (con el beneficio de recibir los ingresos de forma inmediata) o ir fraccionando las cuotas a deber en el plazo de tres años y sin ningún tipo de interés acumulado.


Moratoria en pequeños propietarios

Según cálculos del Gobierno, aunque no hay cifras oficiales al respecto, en el 85% de los arrendamientos de vivienda el propietario es una persona física y pequeño propietario. Esta particularidad, explica el decreto, "hace necesario que las medidas adoptadas faciliten los acuerdos entre las partes para facilitar el pago de las rentas". En este sentido, el texto discutido en el Consejo de Ministros permite que los inquilinos vulnerables soliciten al arrendador una prórroga o condonación. Ambos tendrán un plazo de siete días laborables desde la petición para buscar alternativas, ya sea la suspensión, el aplazamiento o el fraccionamiento de la cuota.

En el caso de que el arrendador no acepte, la persona afectada podrá "tener acceso al programa de ayudas transitorias de financiación" avaladas por el Estado.

Línea de crédito

El Instituto de Crédito Oficial (ICO) desarrollará una línea de avales con total cobertura del Estado para que los inquilinos en situación de vulnerabilidad derivada del Covid-19 puedan hacer frente a sus deudas sin ningún tipo de interés en un plazo de seis años, ampliables a 10. Estas ayudas deberán dedicarse exclusivamente al pago de la renta, cubriendo un importe máximo de seis mensualidades.


Programa de ayuda

El Gobierno también pone en marcha un programa de ayudas al alquiler, mediante adjudicación directa, destinado a las personas arrendatarias de vivienda habitual que tengan problemas transitorios para atender a sus pagos. Así, la herramienta tendrá la finalidad "de hacer frente a la dificultad en la devolución de aquellas ayudas transitorias de financiación contraídas por hogares vulnerables que no se hayan recuperado" tras la crisis, y que por lo tanto "no puedan hacer frente a la devolución de dichos préstamos".


La cuantía de esta ayuda "será de hasta 900 euros al mes y de hasta el 100% de la renta arrendaticia o, en su caso, de hasta el 100% del principal e intereses del préstamo que se haya suscrito con el que se haya satisfecho el pago de la renta de la vivienda habitual". Serán los órganos competentes de cada comunidad autónoma y de las ciudades de Ceuta y de Melilla los que determinen la cuantía exacta de estas ayudas, dentro de los límites establecidos.


Documentación


Para poder acogerse a la moratoria y las ayudas públicas será necesario acreditar la situación legal de desempleo; el cese de actividad de los trabajadores por cuenta propia; el número de personas que habitan en la vivienda habitual, así como sus edades; las declaraciones pertinentes de discapacidad; la titularidad de los bienes; y los documentos que justifique todos los requisitos exigidos para considerarse sin recursos económicos, tanto durante los primeros meses de la crisis sanitaria y económica como en los posteriores, si la situación de vulnerabilidad continúa.


Penalización

El Gobierno se guarda las espaldas para que nadie que no cumpla con los supuestos recogidos en el decreto pueda beneficiarse de estas ayudas. Cualquier persona que intente acogerse a esta moratoria sin reunir los requisitos previstos será responsable de los daños y prejuicios generados, así como de todos los gastos derivados. "El importe de los daños, perjuicios y gastos no podrá ser inferior al beneficio indebidamente obtenido".




Check back soon
Once posts are published, you’ll see them here.
Recent Posts
Search By Tags
No tags yet.

LANAU

espacio

creativo

Espacio creativo

para la formación inclusiva,

emprendimiento, inserción laboral,

y gestión de proyectos culturales con perspectiva de género y diversidades

info@lanauespaciocreativo.com

 692 686 725

  • Facebook - Círculo Negro
  • Twitter - Círculo Negro
  • Instagram - Negro Círculo
  • LinkedIn - Círculo Negro
  • YouTube - Círculo Negro
bottom of page